La instancia que se impuso durante la jornada de ayer, estará integrada por 155 personas, todas electas por votación popular. Además, habrá paridad de hombres y mujeres, y se espera que haya escaños reservados para pueblos originarios.
-Luego del triunfo de la opción Apruebo, se inicia una nueva etapa en el camino por cambiar la actual Constitución y el primer gran paso será la elección, por voto popular, de quienes serán encargados de elaborar el contenido de la nueva Carta Fundamental. Y, tal como lo decidió la ciudadanía durante la jornada de ayer, el mecanismo será la Convención Constituyente.
¿En qué consiste? La instancia estará integrada por 155 miembros los cuales serán 100% electos por la ciudadanía el 11 de abril de 2021, misma fecha en que ser realizarán la elección municipal (alcaldes y concejales) y los inéditos comicios de gobernadores regionales.
Junto con lo anterior, la composición de la Convención Constitucional será 100% paritaria, es decir, ningún género podrá tener más de un 50% más 1 de la instancia o, llevándolo a números, habrá un máximo de 78 hombres o mujeres electos. También, se deberían destinar cupos especiales para pueblos originarios, no obstante, se trata de un proyecto de ley que aún se discute en la comisión de Constitución del Senado.
Con su triunfo de ayer en las urnas y, una vez que sean electos en los comicios de abril, los denominados convencionales constituyentes deberán redactar y aprobar una propuesta de texto como nueva Carta Fundamental en un plazo máximo de nueve meses, desde su instalación. Se podrá prorrogar por tres meses, pero una sola vez. Quien ejerza la presidencia de la Convención o un tercio de sus miembros podrán pedir la prórroga.
Los integrantes de la Convención recibirán una retribución mensual de 50 UTM (un poco más de $2 millones 500 mil), además de las asignaciones que se establezcan en el reglamento de la Convención.
Cabe precisar que quienes participen de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la instancia.
(Fuente : Diario Concepción)