-A pocos días de las mega elecciones de este fin de semana, el ministro del Trabajo, Patricio Melero, confirmó que la ley de feriado irrenunciable para el 15 y 16 de mayo ya fue promulgada.
Además, señaló que “esperamos que este feriado irrenunciable ayude y motive a una amplia participación ciudadana en elecciones que son de gran trascendencia para el futuro del país y que no vaya a ser un inconveniente tener que trabajar para dejar de ir a votar”.
¿Qué puede funcionar durante esos días?.
La ley 19.973 establece que es feriado irrenunciable para todos los trabajadores dependientes del comercio, salvo excepciones. Además, considerando las restricciones del Plan Paso a Paso:
Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”).
Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Los locales que son atendidos por sus propios dueños.
Multas para las empresas
Las empresas que sean sorprendidas incumpliendo con este feriado obligatorio e irrenunciable recibirán multas que van desde las 5 UTM ($257.960 aproximadamente) hasta las 20 UTM (cerca de $1.031.840).
La sanción se aplicará por cada trabajador afectado por la infracción, según el número total de trabajadores de la empresa.
En caso de quienes trabajen en lugares que están excluidos del descanso, “tendrán derecho a estos descansos una vez cada dos años, es decir, año por medio”, detallaron desde la Dirección del Trabajo.